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Primeras reformas de la Curia del Papa Francisco: Regula por decreto las renuncias

October 02, 2014: Pope Francis meets the apostolic nuncios of the Middle East and the superiors of the Roman Curia during a meeting in the Vatican.

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Alvaro Real - publicado el 05/11/14
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La Autoridad competente podrá “obligar” a un obispo a presentar la renuncia

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El Papa podrá pedir la renuncia a un obispo por razones particulares, después de comunicarselas y de escuchar las suyas. Además, los miembros de la Curja deben presentar sin excepción la renuncia a los 75. Son las dos grandes novedades de la primera disposición del Papa Francisco para la reforma de la curia y el gobierno de la Iglesia.

La Santa Sede ha hecho pública la disposición “Rescriptum ex audientia” sobre la renuncia de los obispos diocesanos y los titulares de las oficinas vaticanas. En esta disposición, el Papa muestra que el Ministerio “debe ser entendido como un servicio (diakonia) al pueblo santo de Dios y requiere que quienes están encargados, se dediquen con todas sus energías”.

Según se explica, la disposición recoge las recomendaciones del Consejo de Cardenales que asisten al Papa y se comienza así la reforma de la Curia Roma y el gobierno de la Iglesia.

Entre las cuestiones que se regula se encuentra la invitación a los obispos diocesanos, coadjutores y auxiliares a presentar la renuncia de su cargo pastoral en la edad de setenta y cinco años de edad. Renuncia que sólo tendrá efecto en el momento en que es aceptada por las autoridades legítimas. 

Consideran “digno de aprecio a la Iglesia” todos aquellos que presentan su renuncia por enfermedad u otra razón seria y solicitan que en tales casos, “los fieles están llamados a mostrar solidaridad y comprensión para quien fue su pastor, asistiendo a los regularmente según las exigencias de la caridad y la justicia, de conformidad con las disposiciones de la can. § 2 CIC 402”.

La gran novedad del texto se centra en la posibilidad de circunstancias especiales, cuando o “la autoridad competente considere necesaria pedir un obispo presentar la renuncia a la oficina pastoral”. Para ello muestran que se debe dar a conocer las razones de tal petición y escuchar atentamente sus razones, “en diálogo fraterno”.

Los cardenales cabezas de Dicasterio de la Curia Romana también presentarán la renuncia a los setenta y cinco años de edad y el Papa, “considerándolo todo, procederá”. También cesarán cuando tengan otro compromiso o se produzca una descomposición del dicasterio u oficina.

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