Mucho se habla en la actualidad de que los niños y jóvenes pueden disfrutar sin restricción alguna de los mismos derechos que los adultos, incluyendo los llamados derechos sexuales y reproductivos, “pues su corta edad –suele argumentarse– no los hace personas a medias o incompletas”; bajo esta premisa, se señala entre otras cosas que los niños y los jóvenes tienen derecho a disfrutar de una vida sexual saludable y placentera; a ejercer su preferencia sexual sin discriminación, y acceder a métodos anticonceptivos seguros, asequibles y de calidad.
¿Pero que implican estas disposiciones en materia de derechos humanos para nuestros niños y jóvenes? Al respecto nos da su opinión el Dr. Rodrigo Iván Cortés Jiménez, experto en la materia.
Sobre el tema, el doctor Cortés Jiménez –quien a mediados de abril participó en la 48 Sesión de la Comisión de Desarrollo y Población de Naciones Unidas– señala que si hay algo alarmante es que en la Ciudad de México se haya aprobado una ley que contempla un rango de edad muy amplio para la juventud, ya que si se considera “joven” a todo ciudadano que tenga entre 10 y 29 años, y no se hacen distinciones por edad en materia de los llamados “derechos sexuales y reproductivos”, nos encontramos frente a una normatividad perversa, entre cuyos excesos está el derecho al cambio de sexo, que implica una operación quirúrgica, misma que además debe ser pagada por el gobierno con cargo al erario público.
“Esto, entre otras cosas, implica el ordenamiento legal aprobado, que afortunadamente aún falta ser promulgado por el Ejecutivo local”, comenta.
Pero lo más grave de esta ley –asegura el Dr. Cortés Jiménez–, es que excluye la tutela de los hijos por parte de los padres, en aras de dar cumplimiento a esos denominados “derechos sexuales y reproductivos”, que no aparecen ni en nuestra Carta Magna ni en ningún tratado vinculante a nivel internacional. “La norma, como está escrita, deja sin posibilidad a los padres para orientar a sus hijos en este sentido, pues estarían violando su derecho a ejercer su sexualidad libremente”.
El también catedrático en Filosofía Política y Social comenta que a nivel federal el Presidente de México, Enrique Peña Nieto, mediante una iniciativa enviada al Congreso de la Unión propuso el ejercicio de esta clase de derechos, lo cual provocó un fuerte debate en el Senado de la República y posteriormente en la Cámara de Diputados, instancia que recibió una firme exigencia por parte de organizaciones de la sociedad civil, que por principio de cuentas demandaron eliminar la expresión “derechos sexuales y reproductivos".
En virtud de esto, los principales grupos parlamentarios determinaron excluirla de la iniciativa original. En la Cámara de Senadores se ratificó esta exclusión, y quedó muy clara la postura de México en cuanto al tema, una postura soberana expresada a través de ambas cámaras del Congreso de la Unión”.
En el plano internacional, externó que recientemente, en la 48 Sesión de la Comisión de Desarrollo y Población de Naciones Unidas, hubo países como Argentina, Estados Unidos y Noruega que insistían en considerar esos derechos como normas internacionales, lo cual fue un punto de discusión en el que no hubo consenso y este órgano internacional de manera histórica se quedó sin documento conclusivo.
“La Santa Sede, Bielorrusia, el grupo de países africanos y el de árabes demandaron enfáticamente que se quitara el tema de los derechos sexuales y reproductivos de la mesa de discusión; en cuanto a la delegación mexicana, dado que había división, existía el riesgo de que se sumara a los países que proponían incluir en la normatividad internacional tales derechos; pero finalmente se optó por no suscribir el punto”.
El doctor Cortés Jiménez dijo que, más allá de que finalmente México se haya abstenido de pronunciarse en favor de tal iniciativa, a nivel nacional resulta preocupante que en materia de población, como por ejemplo en la llamada Estrategia Nacional de Prevención del Embarazo Adolescente, se mantenga la expresión “derechos sexuales y reproductivos”, pues transgrede lo acordado por el Congreso de la Unión.
“Esta expresión ha sido impulsada, en contra de la soberanía nacional, por grupos defensores de los llamados derechos LGTB y por algunas fuerzas políticas, argumentando falsamente que es una disposición legal de corte internacional. Ya vimos lo que ocurrió en la Comisión de Desarrollo y Población, donde no se obtuvo ningún consenso ni se pudo llegar a un documento conclusivo, principalmente porque no se avala esta expresión”.
“De manera que en nuestro país –aseguró– nadie puede apelar jurídicamente al término ‘derechos sexuales y reproductivos’ de los niños y jóvenes, pues ni a nivel nacional ni a nivel internacional existe un documento vinculante que lo respalde; se trata de un engaño, una insistencia por parte de grupos con intereses muy específicos. Esto responde, por un lado, a una severa ideologización de grupos radicales, y por otro, a intereses económicos de las industrias que están detrás de esto, principalmente la farmacéutica. ¡Es un terrible negocio!”.
Dijo que para dar solución al problema deben prevalecer los criterios reconocidos a nivel internacional, contenidos en distintos documentos de la ONU que sí son vinculantes, donde se reconoce que el bienestar de los niños y niñas va de la mano del derecho y el deber de los padres a educar y velar por el desarrollo de sus hijos, atendiendo lo que es el crecimiento y las diversas etapas. “No es lo mismo educar sexualmente a un niño de cinco años, que a un adolescente de 15 ni que a un joven de 29; tampoco se pueden desvincular todas las funciones que tiene la sexualidad en la persona humana con el fin de reducirla a un mero placer”, finalizó.
Jesús Vladimir Alcántara Flores
Artículo originalmente publicado por SIAME