Otras veces son algunas familias las que se quejan de que uno de sus miembros ha cambiado radicalmente después de encontrarse con un movimiento o una orden religiosa. ¿Podemos hablar de sectas dentro de la Iglesia? ¿Es lo mismo “secta” que “sectarismo”? ¿Qué criterios distinguen lo legítimo y lo que no lo es al hablar de conversión, apostolado, renuncia...?
Radicalidad y radicalismo
Si miramos a la historia de la Iglesia, vemos que ésta, desde su mismo comienzo, siempre ha reconocido el valor de las personas que, apasionadas en su experiencia de encuentro con Cristo y de conversión, lo han dejado todo para seguirlo en radicalidad (que no es lo mismo que radicalismo).
Y así, el primer modelo de referencia fue el del mártir, sobre todo en la época de las persecuciones. El mártir (en griego significa "testigo") es quien más se asemeja a Jesús; porque no sólo ha vivido como él, entregado a los demás, sino que ha muerto también como su Señor.
Cuando las persecuciones no fueron tan generalizadas, y sobre todo a partir de la libertad religiosa para el cristianismo, se buscaron formas alternativas de radicalidad: la virginidad, la vida monástica y la vida eremítica. Los que asumían este estilo de vida a contracorriente lo hacían basándose en las mismas palabras de Jesús: "vende todo lo que tienes, da el dinero a los pobres y después sígueme". Así lo hizo, por ejemplo, San Antonio abad, padre de la vida monástica en Egipto.
La clave es la libertad
Y es que, para la fe cristiana, Jesús se presenta como algo más que un maestro de moral o un intérprete de la Ley judía. Su autoconciencia es la de ser Dios hecho hombre, y eso explica su pretensión de exclusividad (que no exclusivismo). La confesión de los primeros cristianos es meridianamente clara: "Jesús es el Señor", por encima de todo culto y de toda otra autoridad. Como señalaba Benedicto XVI, "no se comienza a ser cristiano por una decisión ética o una gran idea, sino por el encuentro con un acontecimiento, con una Persona, que da un nuevo horizonte a la vida y, con ello, una orientación decisiva" (Deus caritas est 1).
De este nuevo horizonte hablamos, y en eso consiste la conversión. En ocasiones esto se da en la persona de forma individual. Otras veces el proceso o el momento de cambio viene orientado por una realidad grupal o por el testimonio de un líder carismático.
¿Entonces se trata de una secta? No, y aquí es fundamental el aspecto de la libertad: cada paso que va dando la persona, por radical que sea... ¿es un paso dado desde la libertad iluminada por la razón y por la fe? ¿Es un acto libre o es un ejercicio de obediencia ciega a una persona o a una dinámica de grupo? Llegamos así a la pregunta fundamental.
¿Hay sectas dentro de la Iglesia?
Para que podamos hablar de secta, utilicemos la definición que utilicemos, tenemos que estar ante una realidad grupal. Y este grupo o movimiento ha de gozar de independencia en sus creencias y en sus prácticas. Como señala Manuel Guerra, miembro de la Red Iberoamericana de Estudio de las Sectas (RIES) y autor del Diccionario enciclopédico de las sectas, una de las claves para delimitar el fenómeno sectario es que nos referimos, al hablar de una secta concreta, a "un grupo autónomo".
Una realidad grupal en la que se dé un comportamiento sectario (o abuso psicológico, como dicen algunos autores) no pasa automáticamente a ser una secta. No sólo debemos fijarnos en su dinámica interna, sino en su situación, en su contexto. Si ese grupo depende de otro o se halla en una realidad mayor que goza de autoridad sobre él, no podemos hablar de secta; desde una simple constatación sociológica.
Si hablamos en concreto de la Iglesia católica, o de cualquier otra confesión religiosa con estructura y funcionamiento semejantes, tenemos que aceptar lo señalado por el cardenal Christoph Schönborn: "las sectas se hallan aisladas y, por su auto-comprensión, no quieren verse sometidas a examen por parte de la autoridad eclesiástica". Así es.
Y se han dado casos en los que la jerarquía ha tenido que intervenir en algún instituto de vida consagrada o en alguna asociación de fieles ante la desviación de su propósito originario y de su dinámica interna; llegando a deponer al líder y modificando el gobierno de la institución para garantizar las libertades y derechos de sus miembros (de las implicaciones jurídicas hablaremos en un artículo posterior).
Schönborn apunta a la necesaria distinción entre sectas y sectarismo; habida cuenta de que "en el fondo, el concepto de fundamentalismo se utiliza a menudo como eslogan para atacar a alguien, más que como expresión para describir un fenómeno espiritual claramente determinado. En este contexto, se habla a veces también de dogmatismo, de integrismo, de tradicionalismo".
¿Hay actitudes sectarias dentro de la Iglesia?
Después de haber afirmado lo anterior, debemos reconocer que sí se dan; o al menos sí pueden darse, casos de comportamiento sectario en realidades aprobadas y reconocidas por la Iglesia católica.
Un ejemplo reciente lo hemos visto en el caso de la Orden y Mandato de San Miguel Arcángel; había sido aprobada como asociación pública de fieles de derecho diocesano por el Obispado de Tuy-Vigo, y fue intervenida por la autoridad eclesiástica, destituyendo al líder y fundador.
Una precisión importante que hay que hacer antes que nada, en un caso de presuntas "derivas sectarias", es distinguir si se trata de un comportamiento aislado de una persona o personas, o de un centro concreto de esa asociación, o si es algo propio de ese movimiento o grupo.
¿Qué hacer ante esto? Siguiendo unas pautas de acción de sentido común, habrá que ponerlo en conocimiento del superior correspondiente; y después, a instancias de éste o por iniciativa propia, denunciar los delitos o faltas que se estén cometiendo ante las autoridades civiles correspondientes.
Cuando se trata de casos de presunta manipulación o "abuso psicológico", y sabiendo las limitaciones y las carencias de la Justicia en torno a estas acusaciones, es importante conocer las posibilidades del propio ordenamiento jurídico de la Iglesia para poder actuar. Antes de verlo en el artículo siguiente, creo necesario exponer algunos elementos que es preciso analizar, ante cualquier caso, para ayudar al discernimiento eclesial sobre las posibles “derivas sectarias” en asociaciones o grupos católicos.
Aspectos grupales que hay que tener en cuenta
Sin pretender hacer un elenco exhaustivo de aspectos a tener en cuenta en el funcionamiento de cualquier agrupación que pertenezca a la Iglesia, podemos señalar los siguientes, en forma de decálogo, como una referencia muy importante para tomar el pulso de su “salud”.
Visto todo esto... ¿qué posibilidades tiene la Iglesia de actuar? En un artículo posterior explicaremos cómo su ordenamiento jurídico cuenta con las herramientas no sólo para corregir, sino también para prevenir estas conductas sectarias que pueden darse en realidades que formen parte de la Iglesia católica.
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