No es infalible la persona sino sólo algunos actos de su ministerio
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La Iglesia sostiene que el Papa es infalible. Sin embargo en el pasado hubo juicios injustos y enseñanzas científicamente equivocadas. En varias ocasiones un Papa ha cambiado de opinión respecto a sus predecesores. ¿Cómo se puede afirmar entonces la infabilidad?
Responde Alessandro Clemenzia, profesor de Teología sistemática en la Facultad teológica de Italia central
La pregunta, tal y como está planteada, requiere una aclaración del significado de infalibilidad. Sólo de esta manera se puede intentar dar una respuesta.
De la infalibilidad se habla en el 4º capítulo de la Constitución dogmática del Concilio Vaticano I, llamada Pastor aeternus: precisamente se explica cuáles son las condiciones sobre el sujeto, el objeto y el acto en base al que una enseñanza del Papa puede calificarse como “infalible”.
El punto de partida de la reflexión, sin embargo, no puede ser el Vaticano I, sino ese espíritu que ha animado a la Iglesia de los orígenes ya desde el siglo I y II, es decir, una clara -aunque no siempre explícita- conciencia de la inenarrabilidad de la fe, que consiste en creer que la asistencia del “Espíritu de verdad” (como afirma el Evangelio de Juan: 14,17; 15,26; 16,12), prometida por Jesús, pueda animar constantemente a la Iglesia hasta el punto de preservarla de todo posible error acerca de la fe.
La infalibilidad, en este sentido, indica el modo como el Magisterio permanece anclado e inmerso en la verdad de Cristo, participando en la historia en la infalibilidad de la Palabra de Dios.
Muy a menudo, sobre todo por nuestra sensibilidad actual, la infalibilidad se entiende como la expresión máxima de lo que es un dogma, es decir, algo que no se puede discutir ni cuestionar. Sin embargo, entre todos los pronunciamientos a lo largo de los siglos, el de la infalibilidad es un dogma muy particular, porque su actuación requiere criterios bien precisos.
Mientras algunas afirmaciones cristológicas, trinitarias y mariológicas que provienen del pasado tienen una validez incuestionable, se debe afirmar que no todo lo que el Papa dice es infalible, sino que hay algunas limitaciones claras.
Primero de todo están las condiciones sobre el sujeto, es decir quien ejerce esa forma de enseñanza: se trata de decisiones doctrinales expresadas ex cathedra; no es por tanto infalible la persona del Papa sino sólo algunos actos de su ministerio.
Condiciones sobre el objeto se refieren al ámbito de ejercicio de la infalibilidad: tiene que ver con la definición de una doctrina referente exclusivamente a la fe y a las costumbres. Si no se verifican estos dos elementos no se puede recurrir a esta forma “extraordinaria” de enseñanza, distinta a la “ordinaria”, en la que aunque el Papa habla de manera vinculante, no pretende sin embargo expresarse sin errores.
Se trata de una modalidad de acción tan particular, que cuando quiere ser ejercida se expresa claramente: es lo que ha ocurrido una vez sólo después del Vaticano I: para la definición de Pío XII de la glorificación de María con la asunción al cielo en cuerpo y alma (1950).
La infalibilidad, además, no es “privada”: pertenece a la universal infalibilidad de la fe de la Iglesia, de la que el Papa es testimonio y expresión concreta en algunas precisas aserciones doctrinales definitivas. Estas últimas son “irreformables” por sí mismas: no deben pasar por un sucesivo consenso de la Iglesia o por la aceptación de una instancia jurídica superior a él.
Esto no quiere decir naturalmente que el Pontífice no deba escuchar la reflexión eclesial actual: permanece siempre abierto el principio, bien expresado en la Lumen Gentium del Concilio Vaticano II, por el que la totalidad de los fieles que han recibido la unción del Espíritu Santo no puede equivocarse en el creer.
Esto significa principalmente que la infalibilidad del Papa, de manera diametralmente opuesta al uso común y periodístico del término, tiene un valor relacional en cuanto está ligada tanto a la escucha de la totalidad de los fieles como a esa verdad que no proviene de un consenso eclesial interno sino que surge de la Palabra de Dios: es una verdad recibida.
Antes de terminar querría completar mi respuesta a través de dos postulados. El primero: todo dogma, incluso permaneciendo siempre válido, se interpreta en el contexto histórico en el que ha sido pronunciado; y esto vale todavía más para pronunciamientos magisteriales que no tienen ningún valor dogmático, por lo cual ver “enseñanzas científicamente equivocadas” es posible sólo en una lectura a posteriori.
El segundo: el dogma es el punto de llegada de una reflexión eclesial ya establecida y considerada una verdad de fe, y el punto de partida de cualquier otra sucesiva investigación en cuanto eso no limita la inteligencia de quien investiga sino que le ofrece coordinadas estables y coherentes, más allá de las cuales se arriesga, sobre todo con el paso de los siglos y en la universalidad del espacio, a decir todo y lo contrario de todo.