En tiempos de emergencia por la pandemia, el Pontífice autoriza un decreto de la Penitenciaría ApostólicaEl papa Francisco ha autorizado un decreto de la Penitenciaria Apostólica del Vaticano, publicado de este viernes 20 de marzo de 2020, en el que concede el “indulgencias especiales” a los fieles afectados por la enfermedad del Covid-19, a los trabajadores de la salud, a los familiares y a todos aquellos que, incluso con la oración, cuidan de ellos.
También en el decreto se recuerda a los fieles la posibilidad de la absolución colectiva en este momento de emergencia sanitaria.
Así, se determina la “absolución colectiva: por ejemplo, a la entrada de las salas de hospital, donde estén ingresados los fieles contagiados en peligro de muerte, utilizando en lo posible y con las debidas precauciones los medios de amplificación de la voz para que se pueda oír la absolución”.
Ante la emergencia del Covid-19, la Iglesia ofrece la posibilidad de obtener la indulgencia plenaria a los fieles que sufren de coronavirus. Esto se establece en un Decreto de la Penitenciaría Apostólica firmado hoy por el Cardenal Mayor Penitenciario Mauro Piacenza y el Regente, Monseñor Krzysztof Nykiel.
Indulgencia plenaria a enfermos de coronavirus
La Penitenciaría Apostólica informó que, para obtener la indulgencia plenaria, los enfermos con coronavirus, los que están en cuarentena, así como los trabajadores de la salud y los familiares que se exponen al riesgo de contagio por ayudar a los afectados por el Covid-19, podrán simplemente recitar el Credo, el Padre Nuestro y una oración a María.
Asimismo, para obtener las indulgencias, otras personas podrán elegir entre varias opciones: visitar el Santísimo Sacramento o la adoración Eucarística o leer las Sagradas Escrituras durante al menos media hora, o recitar el Rosario, el Vía Crucis o la Coronilla de la Divina Misericordia, pedir a Dios el fin de la epidemia, el alivio de los enfermos y la salvación eterna para aquellos a los que el Señor ha llamado a sí.
La indulgencia plenaria puede ser obtenida también por los fieles que a punto de morir no pueden recibir el sacramento de la unción de los enfermos y el viático: en este caso se recomienda el uso del crucifijo o de la cruz.
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Absolución colectiva
Además, por “la gravedad de las circunstancias actuales”, y “especialmente en los lugares más afectados por el contagio de la pandemia y hasta que no termine este fenómeno”, recuerda la posibilidad de impartir la “absolución colectiva”, es decir, a varios fieles juntos, “sin previa confesión individual”.
La Penitenciaría explica que en cuanto a la absolución colectiva “el sacerdote está obligado a avisar al Obispo diocesano, en la medida de lo posible, o, si no puede, a informarle lo antes posible”.
Obispos determina casos de grave necesidad
En efecto, corresponde siempre al Obispo diocesano “determinar, en el territorio de su propia circunscripción eclesiástica y en relación con el nivel de contagio pandémico, los casos de grave necesidad en los que es lícito impartir la absolución colectiva: por ejemplo, a la entrada de las salas de hospitalización, donde se hospeda a los fieles infectados y en peligro de muerte, utilizando en la medida de lo posible y con las debidas precauciones los medios de amplificación de la voz, para que se oiga la absolución”.
Capellanes en hospitales
La Penitenciaría también pide que se evalúe “la necesidad y conveniencia de crear, cuando sea necesario, de acuerdo con las autoridades sanitarias, grupos de ‘capellanes extraordinarios de hospitales’, también con carácter voluntario y en cumplimiento de las normas de protección contra el contagio, para garantizar la necesaria asistencia espiritual a los enfermos y moribundos
Confesión sacramental en casos mortales
Además, donde “los fieles individuales se encuentran en la dolorosa imposibilidad de recibir la absolución sacramental, debe recordarse que la contrición perfecta, procedente del amor de Dios amado sobre todas las cosas, expresada por una sincera petición de perdón (la que actualmente puede expresar el penitente) y acompañada de votum confessionis.
Lo anterior, está en relación con “el firme propósito de recurrir cuanto antes a la confesión sacramental, obtiene el perdón de los pecados, incluso mortales”, como se indica en el Catecismo de la Iglesia Católica (n. 1452).
“El momento actual en el que la humanidad entera, amenazada por una enfermedad invisible e insidiosa, que desde hace algún tiempo forma parte de la vida de todos – señala la Penitenciaria – está marcado día tras día por angustiosos temores, nuevas incertidumbres y, sobre todo, por un sufrimiento físico y moral generalizado.
Poder de la comunión de los santos
Por último, el Vaticano asegura “nunca como en este tiempo la Iglesia ha experimentado el poder de la comunión de los santos, elevando a su Señor Crucificado y Resucitado votos y oraciones, en particular el Sacrificio de la Santa Misa, celebrada diariamente, incluso sin gente, por los sacerdotes”.
Así como entretanto la “buena madre, la Iglesia implora al Señor que la humanidad sea liberada de tal flagelo, invocando la intercesión de la Santísima Virgen María, Madre de Misericordia y Salud de los enfermos, y de su Esposo San José, bajo cuyo patrocinio la Iglesia siempre ha caminado por el mundo”.