Un católico puede elegir la cremación, aunque la Iglesia sigue prefiriendo y aconsejando la sepultura del cuerpo.
Un poco de historia
Hasta mediados del siglo XX a quien elegía la cremación se le negaban los sacramentos y los funerales religiosos.
Usualmente esta opción sucedía por motivos incompatibles con la fe cristiana o contra la misma fe.
A partir de 1963, la Iglesia decidió aceptar la práctica de la cremación, siempre que no se lleve a cabo contra los dogmas cristianos o por odio a la fe.
Praxis difundida
No hay, de hecho, razones doctrinales para impedirla: la cremación no afecta al alma y no impide a Dios resucitar el cuerpo.
La praxis de la cremación se ha difundido cada vez más tanto por razones sanitarias, como por razones económicas o incluso culturales.
La Iglesia sigue, en cualquier caso, prefiriendo la sepultura de los cuerpos deseando expresar así la fe y la esperanza en la resurrección de la carne y la dignidad del cuerpo humano.
Por ese motivo se recomienda que los cuerpos de los difuntos sean sepultados en el cementerio o en algún lugar santo: lo que favorece el respeto y la oración por los difuntos por parte de toda la comunidad cristiana.
Es tal la importancia de esta práctica, que la sepultura de los muertos está entre las obras de misericordia corporal.
Visión contraria al cristianismo
La Iglesia, además, no puede permitir actitudes y ritos en cuya base hay concesiones equivocadas sobre la muerte: la anulación definitiva de la persona, la fusión con la Madre naturaleza o con el universo, una etapa en el proceso de la reencarnación, o la liberación definitiva de la "prisión" del cuerpo. Ninguna de estas visiones pertenece al cristianismo.
Por eso la Iglesia acompaña la opción de la cremación con apropiadas indicaciones litúrgicas y pastorales, sobre todo por lo que respecta la conservación de las cenizas.
Las cenizas del difunto deben conservarse en un lugar santo, para garantizar el respeto y evitar prácticas inconvenientes o supersticiosas.
¿Cenizas en casa?
La conservación de las cenizas en casa no ha sido nunca permitida salvo en casos graves y excepcionales que dependen de las condiciones culturales de carácter local y siempre con el permiso de las autoridades eclesiásticas.
Para evitar cualquier confusión la Iglesia prohibe la dispersión de las cenizas en el aire, la tierra o el agua o de cualquier otra manera, y la transformación de las cenizas en recuerdos conmemorativos, piezas de joyería u otros objetos.
En el caso de que el difunto haya dispuesto abiertamente la dispersión en la naturaleza de sus cenizas por razones contrarias a la fe cristiana, se le negarán las exequias.
Todo esto no es rigidez por parte de la Iglesia sino la salvaguarda de la sacralidad de la persona incluso después de la muerte.