Responde Leonardo Salutati, profesor de Teología Moral
El 1492, fecha del "descubrimiento" de América por Cristóbal Colón, es el año que marca el final de la Edad Media y el comienzo de la Edad Moderna, dando paso en Europa a la expansión de las actividades comerciales, a la transformación gradual de la riqueza y, con la afirmación de las nuevas clases mercantiles ricas, la imposición de una nueva visión de la propiedad individual de los bienes materiales.
Las corrientes de pensamiento imperantes, bien expresadas en las tesis de Jean Bodin (1529-96) en Francia y John Locke (1632-1704) en Inglaterra, incluirán el concepto de propiedad como un derecho primario del ciudadano merecedor de protección absoluta, encontrando una amplia difusión en países que habían adoptado modelos económicos liberalistas y marcando un punto de inflexión en la historia económica y social. La razón fundamental del éxito de esta visión está bien expresada por F.A. von Hayek (1899-1992), quien ve en la propiedad privada el primer elemento de libertad: "la única solución descubierta hasta ahora por los hombres para resolver el problema de conciliar la libertad individual con la ausencia de conflictos".
Actualmente el derecho a la propiedad privada está reconocido y garantizado, aunque si con diferentes matices, como ius utendi et abutendi en todos los países de economía de mercado, que constituye el propietario como el propietario absoluto sin ninguna obligación para con nadie.
La visión cristiana siempre ha sido diferente y lo que el Papa Francisco dice en la Laudato si es lo que la Iglesia siempre ha enseñado. Encontramos una disposición orgánica de esta visión en la Summa Theologiae de Santo Tomás de Aquino que, retomando la rica enseñanza bíblica y la igualmente rica reflexión de los Padres de la Iglesia, ofrece una síntesis que aún hoy constituye el punto de referencia indispensable, constantemente repropuesta a partir de la Rerum novarum, el primer documento de la Doctrina Social de la Iglesia, hasta las últimas encíclicas y afirmaciones del Papa Francisco.
Santo Tomás recuerda que Dios es el único "propietario" absoluto de todas las cosas, pero él mismo preordenó que todas las cosas servirían al sustento del hombre, el cual es un "administrador" de ellas con el poder de usarlas, porque "la propiedad privada o un cierto dominio sobre los bienes externos aseguran a cada cual una zona absolutamente necesaria de autonomía personal y familiar, y deben ser considerados como una ampliación de libertad humana ".
Sin embargo, nunca debe olvidarse que "toda propiedad privada, por su naturaleza, tiene también un carácter social, que se basa en el destino común de los bienes" (Gaudium et Spes 71; cf. también Centesimus Annus n. 30). Descuidando esta dimensión, “la propiedad muchas veces se convierte en ocasión de ambiciones y graves desórdenes " (Gaudium et Spes 71).
Por esta razón, Santo Tomás recuerda que "el hombre no debe considerar las cosas como exclusivamente suyas, sino que debe estar dispuesto a participar ampliamente en las necesidades de los demás", como también recuerda desde el principio la Doctrina Social de la Iglesia (Cfr. Rerum novarum n. 19) en conformidad con el principio del destino universal de los bienes(cf. Gaudium et spes n. 71) que prevalece sobre el derecho de propiedad, en cuanto el propietario no goza de un ius utenti et abutendi (derecho de uso y abuso) sino de un "potestas procurandi et dispensandi" (facultad de procurar y administrar).