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¿Un no bautizado puede tener funerales cristianos?

BURIAL
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Henry Vargas Holguín - publicado el 06/08/18
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¿Y qué pasa con los bebés que murieron sin bautismo?

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Para responder apropiadamente a esta pregunta, es necesario saber o recordar que la celebración de las exequias de un fiel cristiano difunto no es un asunto particular de la familia ni, menos aun, un simple acontecimiento social; se trata de una celebración que toca de lleno el centro de la fe cristiana: la Pascua, la fe y la esperanza en la resurrección.

Las exequias son una celebración litúrgica de la Iglesia, y como tal han de ser celebradas conforme a las normas litúrgicas y canónicas de la Iglesia, y deben ser pastoralmente bien cuidadas.

Las exequias eclesiásticas no son un favor que se les hace a los difuntos, sino un derecho inherente a su condición de fieles. Y los fieles son aquellos que por el bautismo se han incorporado a Cristo e integrado en el Pueblo de Dios.

Entonces, sencillamente, celebrar las exequias de alguien que en vida no quiso incorporarse a Cristo ni integrarse al Pueblo de Dios, no tendría sentido, y quizás incluso atentaría contra la voluntad de no ser cristiano que expresó en vida.



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¿Y por qué? Pues dado que las exequias son unsigno de comunión eclesial, de fe y de esperanza cristianas, solamente tienen sentido cuando se celebran por alguien que participaba de esa fe como bautizado.

La Iglesia es una Madre que, además de llevar sacramentalmente en su seno al fiel durante su peregrinación en esta vida, lo acompaña al término de su peregrinar para entregarlo ‘en las manos del Padre’. No puede “entregar a las manos del Padre” a alguien que no le pertenece.

El problema se plantea cuando en la parroquia se desconoce si el difunto estaba bautizado o no, pues, por obvias razones, no se exige, para unos funerales, el certificado de bautismo del difunto (tardaría demasiado tiempo). Quizás incluso ni la familia lo sepa.

¿Qué se hace en estos casos? La Iglesia, fiándose de la familia y/o de sus parientes, así como también del sentido común, acoge a todo difunto en la iglesia parroquial; e incluso lo acoge sin preguntar nada sobre si el difunto estaba o no bautizado para evitar un conflicto o para no herir susceptibilidades.

Pero, si el difunto no estuviera bautizado, estos funerales de nada le servirían, pues como ya se ha dicho antes, los beneficios de la acción de la Iglesia son para quienes forman parte de la misma. Es, valga el ejemplo, como si una persona exigiera algo de la herencia de una familia sin pertenecer a ella.

Por tanto una persona que no esté bautizada, cuando ésta muere, no puede ni debe ser presentada a la Iglesia. En caso que el ministro ordenado (generalmente el párroco) sepa a ciencia cierta que el difunto no era bautizado se debe negar a realizar las exequias, no sin el debido tacto y prudencia para dar la debida explicación a los familiares y a la gente en general.

¿Y en el caso de los bebés muertos antes del bautismo?

No es el caso de un niño de padres católicos que mueren sin el bautismo, pero que siempre existió el deseo por parte de sus padres de haberlo querido bautizar; esto porque existe el bautismo de deseo: “El Ordinario del lugar puede permitir que se celebren exequias eclesiásticas por aquellos niños que sus padres deseaban bautizar, pero murieron antes de recibir el bautismo” (Canon 1183, 2).

De igual forma, si alguna persona bautizada expresa su deseo en vida de no querer tener exequias eclesiásticas pues no se debe llevar su cadáver a ninguna iglesia. Con personas así, o con las que mueren sin bautismo (a las que se les haya negado o no las exequias eclesiásticas), Dios, en su infinita sabiduría, justicia y misericordia, hará lo que crea conveniente para su salvación.



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Ahora bien, y ya para acabar, dada la complejidad del ser humano, (sus creencias, la evolución de sus conviccionesy/o pensamientos, especialmente ante la inminencia de su propia muerte), siempre que haya ALGUNA DUDA sobre si deben o no celebrarse las exequias, el ministro ordenado (ordinariamente el párroco) consultará previamente al Ordinario del lugar (el obispo). Igualmente, un párroco, antes de negar las exequias a alguien, deberá hablarlo con su obispo.

 

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