Para ayudar a Aleteia a continuar su misión, haga una donación. De este modo, el futuro de Aleteia será también el suyo.
Contraer matrimonio es una de las decisiones más importantes que pueden tomar los seres humanos, pues, de entrada, se trata de elegir a la persona con la que pasarán el resto de sus vidas, y no es sencillo lograrlo, ya que la convivencia diaria trae consigo muchos retos y diferencias que los esposos deben aprender a afrontar y sobrellevar.
Por ello, el amor que se tengan será determinante, aunado a otros factores igual de importantes que deben complementarse para conseguir el éxito de la relación. Uno de ellos es la seguridad que aporta a ambos el mantener sus promesas por medio de un contrato escrito, que se firma ante un juez cuando se casan por la ley civil, pero que es más fuerte ante la Iglesia porque las promesas se intercambian ante Dios como testigo.
Ahora bien, aunque cada país tiene sus propia regulación; sin embargo, es común que en muchos de ellos, cuando una pareja desea casarse por la Iglesia, se les pida hacerlo primero por el civil. ¿A qué se debe este requisito?
Antes por el civil y después por la Iglesia
Para responder a esta incógnita, el Pbro. Lic. Juan Galván Sánchez, juez del tribunal eclesiástico de la diócesis de Celaya, comenta para Aleteia que el fundamento está en el canon 22 del Código de Derecho Canónico, que menciona:
"Las leyes civiles a las que remite el derecho de la Iglesia, deben observarse en derecho canónico con los mismos efectos, en cuanto no sean contrarias al derecho divino ni se disponga otra cosa en el derecho canónico".
Por ello, el padre Galván comenta que, aunque no lo dice explícitamente, se infiere que primero debe efectuarse el matrimonio civil. Pero también da tres razones de peso.
1Dar certeza jurídica
"En México se solicita primero el matrimonio civil para dar certeza jurídica al eclesiástico, ya que este tiene únicamente efectos espirituales"; de esta manera, se le da valor jurídico y se convierte en un acto civil, comenta el sacerdote. Cabe recordar que en nuestro país, la ley del matrimonio civil se expidió el 23 de julio de 1859, dejando sin efecto legal al matrimonio por la Iglesia.
2Para protección de la mujer y los hijos
Este era un argumento importante, sin embargo, con la situación actual, quizá no tenga tanto valor, agrega el presbítero, pero en su momento la Iglesia quería asegurar que la familia recibiera lo que le correspondía por derecho, y que solamente el hombre aportaba.
3Para asegurar que se realice el civil
Esto es algo que pide la legislación mexicana, menciona el padre, porque si no se anticipa el matrimonio civil al eclesiástico, es probable que se pierda el interés y ya no se realice.
Por eso, quien desee contraer matrimonio en la Iglesia católica se encontrará, en la lista de los requisitos para iniciar su trámite, el acta de matrimonio civil. Para tomarlo en cuenta.