Campaña de Cuaresma 2025
Este contenido es gratuito, como todos nuestros artículos.
Apóyanos con un donativo y permítenos seguir llegando a millones de lectores.
La Iglesia ha aprobado las revelaciones privadas de muchos santos. Y al aprobar estas revelaciones privadas, en términos generales, aprueba también implícitamente -y en su conjunto- las oraciones derivadas, así como también su contenido, pues pueden introducir nuevos énfasis, alentar nuevas expresiones de piedad y profundizar algunas de las ya existentes.
La aprobación eclesiástica
¿En qué consiste una aprobación eclesiástica de alguna revelación privada?
La aprobación eclesiástica de una revelación privada solo indica ausencia de errores teológicos y que tal revelación no contiene nada en contra de la fe y de la moral.
Aun así, los católicos no están obligados a aceptar el contenido de las revelaciones privadas ni a hacer los ejercicios de piedad propuestos.
No hay obligación de creerlas
¿Y por qué no hay obligación a tener en cuenta las revelaciones privadas y/o visiones? Porque no forman parte del depósito de la fe y menos aún pueden completarlo, redondearlo ni sellarlo.
Tampoco pretenderán corregir la revelación pública, que la Iglesia considera verdad divina, absoluta.
"La fe cristiana no puede aceptar 'revelaciones' que pretenden superar o corregir la Revelación de la que Cristo es la plenitud. Es el caso de ciertas Religiones no cristianas y también de ciertas sectas recientes que se fundan en semejantes 'revelaciones'".
El motivo por el cual la Iglesia no puede obligar a acoger las revelaciones privadas es porque no puede tener certeza absoluta de su origen divino.

No garantiza su veracidad absoluta
Es decir, la aprobación o, en caso extremo, la recomendación concedida por la Iglesia a algunas revelaciones privadas no significa que ella garantice el origen divino de dichas revelaciones o que su contenido en toda su totalidad sea verdadero, sino únicamente que, interpretadas razonablemente, pueden contribuir incluso a la edificación de las personas.
Para los creyentes no hace falta más promesa que la vida eterna prometida por Jesús a quienes le aman, aceptan su mensaje en su totalidad y le ayudan a construir su reino.
Por ejemplo, en una pregunta concreta sobre santa Brígida, la Iglesia ha aprobado sus revelaciones privadas, y no consta ninguna prohibición para tener en cuenta la oración a los dolores de María de santa Brígida.

